miércoles, 19 de mayo de 2010

Hotel categoria 2 estrellas **

NORMA TÉCNICA SECTORIAL COLOMBIANA
NTSH 006 (Primer a actualización)

7. FACTORES DE EVALUACIÓN PARA LA CATEGORIZACIÓN DE HOTELES DE DOS
(2) ESTRELLAS

7.1 REQUISITOS DE PLANTA 7.1.1 Planta del establecimiento 7.1.1.1 Edificación
El hotel debe como mínimo tener:

a) iluminación de emergencia en todas las áreas púb licas y/o de circulación; b) señalización arquitectónica;

c) señalización de seguridad (preventiva, informativa y de emergencia) conforme con el plan de emergencia;

d) un sistema de emergencia que garantice la prestación del servicio de energía en las áreas públicas y de acceso al hotel, y

e) tomas eléctricas en todas las áreas.

7.1.1.2 Áreas verdes

El hotel debe como mínimo tener un programa y registros de mantenimiento de las áreas verdes que garantice su buen estado en caso de tenerlas.

7.1.2 Espacios públicos

7.1.2.1 Emergencias

El hotel debe como mínimo tener:

a) detectores de humo o de calor según concepto técnico de la autoridad competente;

b) mecanismos de extinción contra incendios, según concepto técnico de la autoridad competente;

c) alarma general de incendio;

NOTA Se recomienda incorporar mecanismos sonoros (para ciegos) y luminosos (para sordos).

d) salidas de escape o emergencia, según concepto t écnico de la autoridad competente, y

e) un plan de emergencia que incluya simulacros para incendios, desastres naturales, actos criminales, accidentes de empleados, huéspedes y visitantes, al igual que tener el personal capacitado para poner en práctica el plan de emergencia.

7.1.2.2 Ascensores

El hotel debe como mínimo tener ascensor si tiene cinco (5) pisos o más.

NOTA Se recomienda que la botonera no este por encima de 1,40 m.

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7.1.2.3 Recepción

El hotel debe como mínimo:

a) tener un área habilitada con mostrador para el r egistro del huésped;

b) garantizar que la zona del exterior inmediato al establecimiento se encuentra limpia e iluminada y sin obstáculos que dificulten el acceso directo, y

c) tener caja o cajilla de seguridad.

7.1.2.4 Baños públicos

El hotel debe como mínimo tener:

a) baños independientes para cada género;

b) en los baños un mecanismo de ventilación o extracción mecánica de olores;

c) los siguientes elementos para la prestación del servicio: cesto para papeles con tapa, dispensador de toallas, jabonera o dispensador de jabón, porta rollos de papel, sanitario con aro y tapa, orinal, lavamanos, espejo, gancho fijo para colgar bolsos y prendas, y

NOTA En caso de tener sanitario con asiento abierto institucional no aplica sanitario con aro y tapa.

d) piso antideslizante.

7.1.3 Habitaciones

El hotel debe como mínimo:

a) garantizar que las habitaciones estándar cuentan con espacios de circulación, con los elementos de planta, accesibilidad y servicio, además debe tener:

puerta en cada una de las habitaciones; en la puerta de entrada de la habitación: cadena, pivote o pasador; en las ventanas: un mecanismo de cierre que garantice la seguridad de la habitación; ventilación mecánica o natural; cama sencilla de 1,00 m x 1,90 m; cama doble de 1,40 m x 1,90 m; colchón en cada una de las camas con su fecha de rotación vigente; una mesa de noche en habitaciones con dos camas; dos mesas de noche en habitaciones con cama doble; una silla o poltrona; un espacio para guardar la ropa; un elemento decorativo; una toma eléctrica libre disponible para uso; iluminación general en la habitación; una lámpara; instrucciones de emergencia y evacuación en un lugar visible a la entrada de la habitación; información turística dela ciudad; señal de televisión; televisor de 14 pulgadas; control remoto para el televisor; las tarifas en un lugar visible; una almohada por cada huésped, una toalla de cuerpo por cada huésped y una toalla de manos por cada dos personas en la misma habitación, sin roturas, ni manchas.

En cuanto al baño de la habitación debe como mínimo:

garantizar el suministro de agua las 24 h. Así mismo debe tener en los baños de las habitaciones agua caliente las 24 h, con una temperatura mínimo de 37 °C y contar con llaves mezcladoras (es aplicable en regiones con temperaturas inferiores a 18 °C); ventilación natural o extracción mecánica de olores; un caudal de agua de 7,5 L/min a 9,4 L/min; elementos para la prestación del servicio como cesto para papeles con tapa, toallero o dispensador de toallas, jabonera o dispensador de jabón, porta rollos de papel, papel

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higiénico, amenite (jabón); sanitario con aro y tapa, lavamanos, ducha, pasamanos de seguridad y espejo; piso antideslizante; conexión para aparatos eléctricos cerca del lavamanos con la indicación del voltaje.

NOTA 1 Se recomienda que las llaves mezcladoras sean de tipo autorregulable o de presión balanceada.

NOTA 2 Se sugiere que la dimensión en este tipo de habitaciones para una cama sencilla sea mínimo de 14,65 m2 (incluido el baño y el closet).

NOTA 3 Se sugiere que la dimensión en este tipo de habitaciones para dos camas sencillas o una cama doble sea mínimo de 19,25 m2 (incluido el baño y el closet).

7.1.4 Alimentos y bebidas

El hotel debe como mínimo garantizar el espacio dentro del hotel donde se preste el servicio de desayuno.

7.1.5 Reserva de agua potable para todo el establecimiento

El hotel debe como mínimo tener tanques de reservas para un (1) día de consumo, con una ocupación del 100 % del hotel.

7.1.6 Servicios generales

El hotel debe como mínimo tener:

a) depósito para herramientas;

b) cuarto para basuras;

c) un manual de manejo para residuos;

d) tanques de combustible (ACPM-GAS) que cumplan con la reglamentación vigente, (cuando sea aplicable);

e) una subestación eléctrica, (cuando sea aplicable);

f) identificadas las áreas donde se encuentren ubic ados los controles eléctricos;

g) identificada el área de controles telefónicos, y

h) las redes eléctricas protegidas y que no estén a la vista.

7.1.7 Zonas de personal

En cuanto a los requisitos, el hotel debe como mínimo tener:

a) un comedor dotado para el personal de servicio, fuera del área de cocina con sus respectivos registros de aseo, limpieza y desinfección;

b) servicio de baños para el personal que labora en el hotel;

c) los siguientes elementos para la prestación del servicio: cesto para papeles con tapa, dispensador de toallas, jabonera o dispensador de jabón, porta rollos de papel, sanitario con aro y tapa, orinal, lavamanos, espejo, gancho fijo para colgar bolsos y prendas;

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d) vestieres separados por género, y

e) áreas de oficinas para el personal de administra ción.

7.1.8 Mantenimiento del establecimiento

7.8.1.1 En cuanto a la edificación, el hotel debe como mínimo tener:

a) un programa de mantenimiento preventivo y registros de mantenimiento correctivo que garantice el buen estado de la edificación en las áreas internas y externas, y

b) un programa con la periodicidad respectiva y registros que evidencien el cumplimiento del control de plagas.

7.8.1.2 En cuanto los espacios públicos debe tener pisos e n perfecto estado, es decir sin manchas ni roturas; en caso de tener alfombras estas no deben tener manchas, quemaduras, roturas, entre otros.

7.8.1.3 En cuanto a los ascensores, el hotel debe tener como mínimo un programa y registros mensuales de mantenimiento preventivo y registros del correctivo.

7.1.8.4 En cuanto a la recepción, el hotel debe como mínimo

a) tener registros de mantenimiento correctivo y preventivo para el mobiliario de recepción, y

b) mantener las instalaciones, el mobiliario y activos de operación en buen estado de conservación, es decir, sin peladuras, ralladuras o deterioro, entre otros.

7.1.8.5 En cuanto a las habitaciones el hotel debe como mínimo, tener los pisos en perfecto estado, es decir sin manchas ni roturas; en caso de tener alfombras estas no deben tener manchas, quemaduras, roturas, entre otros.

7.1.8.6 En cuanto a los baños públicos, el hotel debe como mínimo, tener registros de limpieza y desinfección diario.

7.1.8.7 En cuanto a los baños de habitaciones, el hotel debe tener como mínimo registros de limpieza y desinfección diario.

7.1.8.8 En cuanto a los baños del personal el hotel debe tener como mínimo registros de limpieza y desinfección diario.

7.1.8.9 En cuanto a alimentos y bebidas, el hotel debe como mínimo tener registros de limpieza diaria de los espacios donde ofrece servicios de alimentos y bebidas.

7.1.8.10 En cuanto a la reserva de agua para todo el establecimiento, el hotel debe como mínimo realizar por personal competente el mantenimiento semestral a los tanques de reserva con sus respectivos registros.








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7.2 REQUISITOS DE ACCESIBILIDAD

7.2.1 Planta del edificio

7.2.1.1 En cuanto a la edificación el hotel debe como mínimo garantizar que el ingreso a todas las áreas del hotel sean accesibles para personas c on discapacidad.

7.2.1.2 En cuanto a espacios públicos el hotel debe como mínimo disponer de baños

accesibles en las áreas públicas para personas con discapacidad.

7.2.2 En cuanto a las habitaciones, el hotel debe como mínimo:

a) garantizar que el ingreso desde el exterior y hasta las habitaciones es accesible, y

b) tener el 2 % de las habitaciones accesibles para personas con discapacidad.


7.3 REQUISITOS DE SERVICIO

7.3.1 Espacios públicos

El hotel debe como mínimo:

a) tener las instalaciones de servicio al cliente y al público limpias, higiénicas y ventiladas con sus respectivos registros;

b) tener las cortinas, persianas o similares, sin manchas, ni roturas;

NOTA Se recomienda el uso de telas que tengan incorporados procesos especiales de retardante de flama y que no capture olores.

c) garantizar que el mecanismo de funcionamiento de las cortinas, persianas o similares estén en perfecto estado, es decir, que su apertura o cierre se desarrolle normalmente, y


d) garantizar la ausencia de olores y ruidos por causa del aseo, máquinaria, traslado de mercancías o similares.

7.3.2 Baños públicos

El hotel debe como mínimo tener:

a) papel higiénico,

d) jabón líquido, y

c) toallas de papel.

7.3.3 Servicio de botones

El hotel debe como mínimo, ofrecer el servicio de recogida de maletas de las habitaciones.




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7.3.4 Servicio de recepción

En cuanto a las caracteristicas del servicio, el hotel debe como mínimo:

a) prestar atención continua las 24 (h) horas, en caso de no estar la persona encargada, será atendida por otra persona con las mismas carac terísticas;

b) evaluar el número de entradas y salidas prevista s diariamente, con la suficiente antelación para asegurar la atención al cliente;

c) dar el trato al cliente, de acuerdo con el protocolo de servicio del hotel;

d) disponer de un listado actualizado de huéspedes;

e) disponer de un listado actualizado de las actividades que se realicen en el establecimiento (cuando sea aplicable);

f) disponer de información turística actualizada del entorno y la región donde se encuentra ubicado el hotel;

g) informar al cliente sobre los servicios que el establecimiento tiene a su disposición (cajas de seguridad, comunicaciones, entre otros), y dar las instrucciones de uso precisas;


h) informar al cliente cuando éste lo requiera, sobre los puntos de interés, actividades sociales, culturales, de entretenimiento, transporte público, horas de apertura y cierre de los puntos de atracción más comunes y otros servicios de interés turístico existentes en el destino y su área de influencia;

i) disponer del servicio en recepción o botones para la recolección de mensajes o paquetes dirigidos a los huéspedes del establecimiento y asegurar que éstos llegan a su destinatario bajo las condiciones de seguridad;

j) disponer de un mapa local y regional, para mostrar al cliente o visitante la localización del establecimiento;

k) garantizar que el responsable del servicio dispone diariamente un informe de entradas y salidas previstas para el mismo día y por lo menos el día siguiente, además de la información básica, el informe incluye las incidencias relevantes respecto a ese cliente;

l) conservar lo datos históricos personales del huésped, de acuerdo con la reglamentación vigente;

m) tener en el lugar de trabajo, los medios que permitan comunicarse con el maletero, botones, taxi o similares, y

o) prestar el servicio de llamada de despertar.










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7.3.4 Servicio al cliente

7.3.4.1 Prevención y anticipación de quejas

El hotel debe como mínimo:

a) disponer de un sistema interno de atención de quejas y reclamos documentado;

b) atender las quejas durante la estadía del cliente o huésped;

c) tener en consideración los resultados del análisis de quejas e introducir las medidas o cambios oportunos para evitar que se produzcan en el futuro;

d) dar las aclaraciones al cliente aunque su queja sea debida a una confusión de su parte;

e) tener los medios para el registro de quejas;

f) dar al cliente una respuesta y ofrecerle una solución;

g) evidenciar las acciones tomadas, cuando se transmite verbalmente la solución a una queja;

h) garantizar al cliente que su queja será atendida y se tendrá en cuenta en acciones futuras;

i) analizar las quejas y hacer seguimiento adecuado de éstas;

j) analizar las circunstancias especiales (concentraciones de personas debidas a eventos especiales, obras, desperfectos o remodelaciones circunstanciales, entre otros) e informar de ello al cliente, como medida de anticipación a sus quejas;

k) dejar constancia, desde la recepción, tanto a los turnos siguientes como a otros departamentos, de las características especiales del cliente (edad avanzada o discapacidades, entre otros) o requisitos presentados por el mismo, para evitar cualquier reclamación al respecto;

l) tener indicadores para el análisis de quejas, y

m) contar con programas de mejoramiento como resultado del análisis de quejas.

7.3.4.2 Registro y acomodación ( Check In)

El hotel debe como mínimo:

a) informar sobre la hora de registro y acomodación;

b) dar las indicaciones precisas para que el cliente localice su alojamiento con facilidad;

c) realizar los cambios de habitación de acuerdo con el protocolo de servicio;

d) garantizar que el personal de servicio tiene conocimiento del establecimiento, localización de todas las dependencias, habitaciones y servicios;



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e) tener dispuestas las habitaciones para entregar a los clientes a las 15:00 (h) horas, o según lo establecido por las políticas del hotel;

f) ofrecer el servicio de custodia de maletas hasta que el cliente quede alojado;

g) ofrecer al cliente, una serie de servicios y/o actividades gratuitas que compensen la imposibilidad de alojarlo en forma inmediata, y

h) disponer de los medios técnicos, que le permita comprobar la reserva, así como la habitación asignada.

7.3.4.3 Cancelación de cuenta y salida ( Check Out)

El hotel debe como mínimo:

a) informar sobre la hora de salida;

b) prestar atención al público las 24 (h) horas;

c) presentar al cliente la cuenta detallada y clara;

d) disponer de facilidades para el cobro mediante diferentes medios de pago, los cuales serán expuestos al cliente en un lugar visible;

e) realizar la comprobación de tarjetas de crédito, de acuerdo con los protocolos de servicio y de seguridad;

f) disponer de los medios técnicos que le permita realizar la facturación con prontitud, así como de un mecanismo alternativo que pueda utilizar en el caso de averías, y

g) tener disponible la información sobre las salidas previstas del día para las áreas involucradas.

7.3.5 Servicio de reservas

En cuanto a las características del servicio, el hotel debe como mínimo:

a) garantizar que la solicitud de reservas y la confirmación de las mismas son atendidas según el protocolo del hotel;

b) registrar y atender las especificaciones de reserva solicitadas por el cliente de acuerdo con los servicios ofrecidos por el hotel;

c) disponer de los medios técnicos, que le permitan realizar reservas con prontitud, fiabilidad y eficacia;

d) registrar las reservas en el mismo momento en que se recibe la demanda y se debe confirmar, de acuerdo con lo dispuesto por el hotel;

e) asegurar al cliente que su reserva confirmada es respetada siempre que esté garantizada o según las condiciones pactadas;

f) documentar y justificar cualquier cambio realizado en una reserva;


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g) registrar un número telefónico u otro medio de comunicación del cliente para informarle cualquier imprevisto o cambio en su reserva, y

h) realizar un control continuado del nivel de reservas admitido y previsible, y tomar las medidas oportunas para evitar situaciones de llegada de clientes con reserva y sin posibilidad de alojarlo.

7.3.6 Servicio de teléfono

En cuanto a las caracteristicas del servicio, el hotel debe como mínimo:

a) tener comunicación interna local, nacional e internacional durante las 24 (h) horas;

b) recibir y registrar los mensajes para los huéspedes, y

c) disponer de un listado actualizado con las extensiones de los diferentes departamentos, teléfonos de emergencia, información de indicativos para llamadas nacionales e internacionales y el directorio telefónico de la zona.

7.3.7 Habitaciones

7.3.7.1 Ventanas

Las habitaciones deben como mínimo:

a) tener las cortinas, persianas, Black Out o similares, sin manchas, ni roturas, y

NOTA Se recomienda el uso de telas que tengan incorporados procesos especiales de retardante de flama y que no capture olores.

b) garantizar que el mecanismo de funcionamiento de las cortinas, persianas, Black Out o similares estén en perfecto estado, es decir, que su apertura o cierre se desarrolle normalmente.

7.3.7.2 Ropa de cama

El hotel debe como mínimo:

a) disponer de tendidos, sabanas, sobre sabanas, fundas, protectores de colchón, protectores de almohadas, sin manchas, descosidos, perforaciones o decoloración de los tejidos;


b) garantizar que la ropa de cama es de género 50 % algodón;

c) tener un inventario de 2,5 juegos por cada tipo de cama, y

d) tener un inventario de 1,5 protectores de colchón y almohadas por cama.

NOTA Se recomienda el uso de un textil que garantice ser retardante de flama, antibacterial, antialergico y poca estática.







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7.3.8 Baños de habitaciones 7.3.8.1 Toallas
El hotel debe como mínimo tener:

a) las toallas de cuerpo de 0,60 m x 1,20 m,

b) las toallas para manos de 0,40 m x 0,68 m, y

c) un inventario de 2,5 juegos por cama. (cuerpo y manos)

7.3.9 Alimentos y bebidas

En cuanto a los requisitos el hotel debe como mínimo tener:

a) recetas estándar para todas las preparaciones de alimentos y bebidas, y

NOTA Se recomienda ver como guía la NTS USNA 007 ”norma sanitaria de manipulación de alimentos”
b) un protocolo de servicios documentado.

7.3.9.2 Vajilla

El hotel debe como mínimo:

a) tener vajilla de cerámica o porcelana, y

b) garantizar que la vajilla se encuentra en perfecto estado de conservación (sin ralladuras, roturas o manchas).

7.3.9.3 Cristalería

El hotel debe como mínimo:

a) tener cristalería en vidrio, y

b) garantizar que la cristalería se encuentra en perfecto estado de conservación (sin ralladuras, roturas).

7.3.9.4 Cubertería

El hotel debe como mínimo:

a) tener cubiertos de acero calibre 18,

b) garantizar que las piezas de la cubertería corresponden a los platos ofrecidos en el establecimiento, y

c) garantizar que la cubertería se encuentra en perfecto estado de conservación (sin torceduras, manchas).






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7.3.10 Servicios complementarios del establecimiento

7.3.10.1 Servicios básicos

El hotel debe como mínimo, tener servicio de teléfono público.

7.3.10.2 Servicios extras

El hotel debe como mínimo:

a) facilitar el servicio de reservación de tours,

b) facilitar el servicio de reservación de espectáculos locales,

c) facilitar el acceso a servicios médicos,

d) tener botiquín de primeros auxilios con los requerimientos de la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP),

e) tener periódico en la recepción, y

f) ofrecer el servicio de seguro de huéspedes.

7.3.11 Seguridad

En cuanto a las caracteristicas del servicio, el hotel debe como mínimo:

a) prestar el servicio de seguridad durante las 24 (h) horas,

b) garantizar el control de acceso al hotel y a las habitaciones,

c) garantizar el control de los visitantes al hotel no alojados en el mismo,

d) disponer de mecanismos que aseguren que el cliente recupera los objetos olvidados en el hotel con un tiempo de custodia mínimo de un (1) mes, exceptuando los elementos perecederos y/o tóxicos,

e) garantizar que el personal cuenta con la formación o capacitación necesaria para utilizar todos los mecanismos dispuestos para la seguridad del hotel,

f) entregar la llave únicamente a la persona regist rada.

7.3.12 Personal del establecimiento

El hotel debe como mínimo:

a) establecer y documentar los perfiles requeridos para el personal del hotel;

b) establecer programas de entrenamiento y capacitación de todo el personal;

c) garantizar la competencia de los empleados de todas las áreas;




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d) garantizar que todo el personal operativo se encuentra uniformado e identificado, de acuerdo con los estándares definidos por el hotel. Los uniformes deben estar en perfecto estado, esto es sin manchas, decoloramientos, roturas o descosidos, y

e) garantizar que el personal de servicio tiene conocimiento de la zona, lugares de interés y destinos más solicitados.

7.3.13 Política de calidad

El hotel debe como mínimo, tener la política y los objetivos de calidad aplicados al hotel.

7.3.14 Evaluación del servicio y acciones correctiv as

En cuanto a la evaluación del servicio por parte del cliente, el hotel debe como mínimo:

a) disponer de un mecanismo para que el cliente exprese su evaluación, en relación con el servicio recibido;

b) estructurar la evaluación conforme a sus políticas, y

c) realizar medición, seguimiento y tomar acciones con base en los indicadores de satisfacción del cliente.

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