miércoles, 19 de mayo de 2010

modelo contrato de un trabajador

CONTRATO DEL TRABAJADOR

Nombre del empleador: Catalina villamizar serrano
Representante legal: Eduardo Santamaría
Nombre del trabajador: Teresa torres duran
c/c: 63.349.824
Lugar de residencia: Cra 27 # 24-30
Fecha de inicio: 15 de julio 2009
Teléfono: 6452397
Cargo a desempeñar: Servicios generales
Salario: $500.000

DURACION DEL CONTRATO: a termino indefinido
Entre el empleador y el trabajador ambos mayores de edad identificadas como ya se anoto se suscribe CONTRADO DE TRABAJO INDEFINIDO y regido por las siguientes clausulas:
PRIMERA: Lugar. El trabajador(a) desarrollará sus funciones en las dependencias o el lugar que la empresa determine. Cualquier modificación del lugar de trabajo, que signifique cambio de ciudad, se hará conforme al Código Sustantivo de Trabajo.
SEGUNDA: Funciones. El empleador contrata al trabajador(a) para desempeñarse como servicios generales ejecutando labores como: asear pasillos, oficinas y atención a clientes internos y externos en los servicios de cafetería y demás relaciones con el oficio.
TERCERO: EL EMPLEADOR pagara al TRABAJADOR por la prestación de sus servicios, el salario indicado, pagadero con la periodicidad establecida.
CUARTA: en este contrato de trabajo se presumen como periodo de prueba los primeros quince (15) días de servicio.
QUINTA: el EMPLEADOR se obliga a dar descanso dominical remunerado, que se encuentre incluido dentro del sueldo.
SEXTA: son justas causas para poner termino a este contrato, unilateralmente, las enumeradas en el articulo 7 del decreto 2351 del 1965, y además por parte del EMPLEADOR, las siguientes faltas que para el efecto se califican como graves: a) la ejucucion por parte del TRABAJADOR de labores remuneradas al servicio de terceros sin autorización del EMPLEADOR. B) la repetida desavenencias con los integrantes de la empresa, como violencia, injuria, malos tratos e indisciplina, c) el abuso de confianza por parte del TRABAJADOR, como también sustraer de la empresa elementos y equipos en general, sin permiso del EMPLEADOR.
SEPTIMA: Afiliación y pago a seguridad social. Es obligación de la empleadora afiliar a la trabajadora a la seguridad social como es salud, pensión y riesgos profesionales, autorizando el trabajador el descuento en su salario, los valores que le corresponda aportan, en la proporción establecida por la ley.
OCTAVA: Modificaciones. Cualquier modificación al presente contrato debe efectuarse por escrito y anexarse a este documento.


EL empleador El trabajador
___________________ _________________________
C.C.N° C.C.N°

Testigo testigo
_____________________ ___________________________

Ciudad y fecha:_______________________________









CONTRATO DE PERSONAL

Nombre del empleador: Catalina villamizar serrano
Representante legal: Eduardo Santamaría
Nombre del trabajador: Rodrigo mejía López
c/c: 65.436.781
Lugar de residencia: Cra 22# 16-20
Fecha de inicio: 15 de junio 2009
Teléfono: 6332465
Cargo a desempeñar: Auxilia contable
Salario: $1000.000

DURACION DEL CONTRATO: a termino indefinido
Entre el empleador y el trabajador ambas mayores de edad identificadas como ya se anoto se suscribe CONTRADO DE TRABAJO IDEFINIDO y regido por las siguientes clausulas
PRIMERA: el empleador contrata los servicios personales del trabajador dándole la liberta de desempeñar su cargo y brindarle sus servicios a otros empleadores, pero obligándolo a cumplir las funciones propias del oficio mencionado y las labores anexas y complementarias del mismo, de conformidad con las órdenes que le imparta el empleador o sus representantes.
SEGUNDA: Las partes declaran que en el presente contrato se entienden incorporadas, en lo pertinente, las disposiciones legales que regulan las relaciones entre la empresa y sus trabajadores, en especial, las del contrato de trabajo para el oficio que se suscribe, fuera de las obligaciones consignadas en los reglamentos del trabajo y de higiene y seguridad industrial de la empresa.
TERCERA: en relación con la actividad propia del trabajador, este la ejecutara dentro de las siguientes modalidades que implican claras obligaciones para el mismo trabajador así:
- Observar rigurosamente las normas que le fije la empresa para la realización de la labor a que se refiere el presente contrato.
- Guarda absoluta reserva, salvo autorización expresa de la empresa, de todas aquellas informaciones que lleguen a su conocimiento, en razón de Ejecutar por si mismo las funciones y cumplir estrictamente las instrucciones que le sean dadas por la empresa, o por quienes la representen, respecto del desarrollo de sus actividades.
- su trabajo, y que sea por naturaleza privadas.
- Cuidar permanentemente los intereses de la empresa.
- Dedicar la totalidad de su jornada de trabajo a cumplir a cabalidad con sus funciones.
- Programar diariamente su trabajo y asistir puntualmente a las reuniones que efectué la empresa a las cuales hubiere sido citado.
- Observar completa armonía y comprensión con los clientes, con sus superiores y compañeros de trabajo, en sus relaciones personales y en la ejecución de su labor.
- cumplir permanentemente con espíritu de lealtad, colaboración y disciplina con la empresa.
- Avisar oportunamente y por escrito, a la empresa todo cambio de dirección, teléfono o ciudad de referencia.

CUARTA: el empleador pagara al trabajador por la prestación de sus servicios el salario indicado, pagadero en las oportunidades también señaladas arriba. Dentro de estas se encuentra incluida la remuneración de los descansos dominicales y festivos que tratan los capítulos 1 y 2 del titulo 7del código sustantivo del trabajo.

QUINTA: el trabajador se obliga a laborar la jornada ordinaria en turnos y dentro de las horas señaladas por el empleador, pudiendo hacer este ajuste o cambios de horarios cuando lo estime conveniente. Por el acuerdo expreso o tácito de las partes podrán repartirse las horas de la jornada ordinaria de la forma prevista en el artículo 164 del código sustantivo del trabajo modificado por el articulo 23 de la ley 50 de 1990.
SEXTA: los primeros 30 días del presente contrato se consideran como periodo de prueba, por consiguiente, cualquier de las partes podrá darlo por terminado bilateralmente, en cualquier momento durante dicho periodo.
SEPTIMO: el presente contrato remplaza en su integridad y deja sin efecto alguno cualquier otro contrato verbal o escrito celebrado entre las cartas con anterioridad. Las modificaciones que se acuerden al presente contrato se anotaran a continuación de su texto.






EL empleador El trabajador
___________________ _________________________
C.C.N° C.C.N°

Testigo testigo
_____________________ ___________________________

Ciudad y fecha:_______________________________

No hay comentarios:

Publicar un comentario